TIPS SOBRE EL ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS

TIPS SOBRE EL ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS

Tip 1: ¿Cuál es la duración mínima de un contrato de arrendamiento de vivienda?

Respuesta: 5 años si el arrendador es persona física y 7 años si el arrendador es persona jurídica (sociedad)

Tip 2: Pero en mi contrato pone que la duración es únicamente de 1 año…

Respuesta: Aunque en el contrato ponga que la duración es de 1 año, una vez se cumpla el año previsto en el contrato, el contrato se prorroga obligatoriamente por plazos anuales hasta alcanzar la duración mínima (5 o 7 años)

Tip 3: ¿Y qué pasa cuando ha transcurrido esta duración mínima?

Respuesta: El contrato se prorroga por plazos anuales hasta un máximo de 3 años más salvo que el arrendador haya preavisado al inquilino con 4 meses de antelación

Tip 4: ¿Quién tiene que responder de los gastos de conservación y mantenimiento de la vivienda?

El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad, salvo cuando se trate de reparaciones imputables al arrendatario.

Tip 5: ¿Y de las pequeñas reparaciones?

Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario

Tip 6: ¿Puede el inquilino hacer obras para adaptar la vivienda a su discapacidad?

Sí. El arrendatario, previa notificación escrita al arrendador, podrá realizar en el interior de la vivienda aquellas obras o actuaciones necesarias para que pueda ser utilizada de forma adecuada y acorde a la discapacidad o a la edad superior a setenta años, tanto del propio arrendatario como de su cónyuge, de la persona con quien conviva de forma permanente en análoga relación de afectividad, con independencia de su orientación sexual, o de sus familiares que con alguno de ellos convivan de forma permanente, siempre que no afecten a elementos o servicios comunes del edificio ni provoquen una disminución en su estabilidad o seguridad. El arrendatario estará obligado, al término del contrato, a reponer la vivienda al estado anterior, si así lo exige el arrendador.

Tip 7: ¿Puedo subarrendar si el contrato no dice nada al respecto?

No. La vivienda sólo se podrá subarrendar la vivienda sin consentimiento escrito del arrendador

Tip 8: ¿El propietario puede repercutirme los gastos de comunidad, IBI, Tasa de Basuras?

Sí pero es obligatorio que conste en el contrato haciendo constar el importe de dichos gastos

Tip 9: ¿Quién asume los honorarios de la agencia inmobiliaria que ha intermediado en el alquiler?

El propietario debe hacerse cargo de los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato.

Tip 10: ¿Pueden exigirme más de 1 mes de fianza?

La fianza es únicamente por un importe equivalente a un mes de alquiler. Ahora bien, la ley permite al propietario exigir un importe adicional en concepto de garantía adicional

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